Medical Hydrology, a unknown speciality

Hidrología Médica, una especialidad poco conocida
Authors: Maraver F (1,2) , Corvillo I (1,2) , Martín-Megías AI (2,3) , Armijo F (1,2)
Affiliations:
(1) Escuela Profesional de Hidrología Médica, Facultad de Medicina, Universidad Complutense de Madrid (2) Departamento de Medicina Física y Rehabilitación, Hidrología Médica, Facultad de Medicina, Universidad Complutense de Madrid (3) Servicio de Termalismo, IMSERSO
Source: Med Clin (Barc). 2013 Dec 21;141(12):556-7
DOI: 10.1016/j.medcli.2013.03.015 Publication date: Dec. 21, 2013 E-Publication date: May 22, 2013 Availability: full text Copyright: Not specified
Language: Spanish Countries: Not specified Location: Not specified Correspondence address: fmaraver@med.ucm.es

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Sr. Editor:

Hemos leído con interés el artículo especial «Formación sanitaria especializada: preferencias y percepciones de los estudiantes de medicina» de Mena et al.1, y nos ha llamado la atención que en la tabla 3, «Clasificación de las 10 especialidades con menor prestigio profesional», aparezca en segundo lugar la de Hidrología Médica (HM), lo que nos ha animado a remitirle algunas consideraciones.

Creemos que esta percepción desfavorable se debe a que el trabajo se ha realizado en una facultad donde no se imparte docencia relacionada con la especialidad de HM, como ocurre en la mayoría de las españolas y, por tanto, a nuestro juicio, es totalmente desconocida para la mayoría de los estudiantes.

Desde 1955 (Ley de 20 de julio sobre Enseñanza, título y ejercicio de las especialidades médicas. BOE núm 202 de 21 de julio de 1955. pp. 4440-4442) la especialidad de HM está reconocida en nuestro país, y desde 1978 se obtiene en la Escuela Profesional de Hidrología Médica e Hidroterapia de la Facultad de Medicina de la Universidad Complutense de Madrid, a la que se accede vía MIR, cubriéndose en todas las convocatorias las plazas ofertadas.

Por otra parte, el Real Decreto 1277/2003, que establece las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios, especifica en su Anexo II que en los Servicios Sanitarios de los Balnearios existe la unidad asistencial, denominada U.58 Hidrología, «en la que un médico especialista en Hidrología Médica es responsable de la utilización de aguas mineromedicinales y termales con fines terapéuticos y preventivos para la salud».

Además, el campo de acción de esta especialidad médica también se vincula a centros de talasoterapia, centros hidroterápicos, spas urbanos, estaciones climáticas, servicios de hidroterapia en centros hospitalarios generales y de recuperación funcional, asesoramiento de plantas de aguas envasadas, y unidades de nutrición y de dietética, así como a la docencia y la investigación2, 3.

La HM, como cualquier otra especialidad médica, se sustenta en la evidencia científica; en la actualidad, existen numerosos grupos de investigación, sobre todo en Europa y Japón, que desarrollan líneas de trabajo relacionadas con la seguridad y técnicas de aplicación, acciones biológicas de los productos termales y sobre todos los beneficios médicos de estos recursos. No es este el lugar para describir los mecanismos de acción, indicaciones y contraindicaciones de los agentes que intervienen en la HM, pero queremos destacar que se emplean para prevenir, aliviar o curar diversas enfermedades, obteniéndose los mejores resultados en procesos reumáticos crónicos4, 5, 6, del tracto respiratorio7, piel8 y otros.

Así mismo, debemos destacar el interesante papel que desempeña el termalismo en la disminución del consumo de fármacos y del absentismo laboral y escolar, descenso del número de visitas a centros de salud y hospitalarios, menor coste cama/tratamiento, acercamiento de la sanidad a áreas rurales y la idoneidad de los centros termales para mejorar la educación sanitaria de los curistas9.

No debemos olvidar tampoco la importancia del termalismo en el envejecimiento activo, a través, fundamentalmente, de los programas de Termalismo Social. Recordemos que el del IMSERSO «está considerado como una prestación sociosanitaria, complementaria a las prestaciones de la Seguridad Social, que tiene como objetivo principal el proporcionar al colectivo de personas mayores que por prescripción facultativa precisen tratamientos para problemas osteoarticulares o respiratorios, la posibilidad de acceder al disfrute de turnos de estancia en balnearios a precios reducidos»10.

Desde el momento de su creación hasta el fin de la temporada 2012, más de 2.400.000 usuarios se han beneficiado de turnos de estancia en los balnearios que participan en el Programa.

De ahí la oportunidad de trabajos como el de Mena et al.1, que sacan a la luz la realidad de especialidades como la HM, que lamentablemente resultan desconocidas para la mayor parte de los profesionales sanitarios, aunque, como hemos descrito, ocupa un espacio en el campo de la medicina.

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